El vehículo
2.000 tokens para que la planta de Melo vuelva a producir. Del tambo a la cadena.
- VehículoFideicomiso Financiero COLEME — oferente en la licitación de la empresa en bloque (arts. 171-172, Ley 18.387)
- FideicomitenteLos suscriptores de los valores (y un fideicomitente promotor del capital de estructuración)
- FiduciarioFiduciario financiero habilitado e inscripto ante el BCU (art. 26, Ley 17.703) — a designar
- FideicomisarioLos propios tenedores a la extinción, previa realización o continuación del negocio según asamblea
- BienesPlanta industrial, maquinaria, marca COLEME y stock, con exclusión de los bienes de CONAPROLE (3 tanques cisterna, pasteurizador "Russo" y homogeneizador)
- Padrones18.389 — planta industrial de Melo (hipoteca BROU) · 4.891 — segundo inmueble (hipoteca convenio DGI)
- ExpedienteCOOPERATIVA DE LECHERÍA DE MELO — CONCURSO LEY 18.387 ART. 11 VOLUNTARIO
- IUE2-51373/2026
- SedeJuzgado Letrado de Primera Instancia de Cerro Largo de 4º Turno — Dra. María Fabiana Conde Amondarain
- SindicaturaDr. Nicolás Castellano (Decreto N° 3/2026, del 21/7/2026: concurso, liquidación de la masa y disolución, art. 169). Tasación en curso (Rem. Flavia Erazo)
- Operación transitoriaURULACT LTDA sostiene la operativa: paga a la masa $ 200.000/mes y asume custodia y costos. Contrato rescindible por cualquiera de las partes
Dónde está el expediente hoy
El estado procesal, tal como surge del expediente.
- Decreto N° 3/2026, del 21/7/2026 El Juzgado Letrado de Primera Instancia de Cerro Largo de 4º Turno declara el concurso voluntario y dispone la liquidación de la masa activa y la disolución (art. 169).
- Sindicatura en funciones Dr. Nicolás Castellano, con suspensión de la legitimación de la deudora (art. 45). Tasación en curso (Rem. Flavia Erazo).
- Pliego licitatorio en preparación Venta de la empresa en bloque y en funcionamiento (arts. 169 inc. 2° y 172; Decreto 182/009). Prórroga de 15 días ya solicitada.
- URULACT sostiene la operativa Paga a la masa $ 200.000 por mes y asume la custodia y los costos de producción. El contrato es rescindible por cualquiera de las partes, en cualquier momento.
- Bienes de terceros excluidos Los 3 tanques cisterna de 2.500 L, el pasteurizador «Russo» y el homogeneizador son de CONAPROLE: quedan fuera de la masa y de toda oferta.
- Sin convenio posible La liquidación desplazó la vía del art. 139: los acreedores cobran del precio de la licitación, según sus prelaciones.
La operación, paso a paso
Cómo se encadenan el pliego, la oferta del fideicomiso y el pago a la masa.
- Pliego La Sindicatura publica el pliego con la tasación y el capital exigido (arts. 169 inc. 2° y 172; Decreto 182/009).
- Oferta del fideicomiso Fondeado por el tramo ancla, acredita el 50% del capital exigido (USD 500.000) y asume la continuidad productiva.
- Adjudicación y pago El precio se paga a la masa y los bienes ingresan al patrimonio fiduciario por venta judicial.
- Distribución La masa distribuye por prelaciones (arts. 108-111 y 181): garantizados, privilegiados y quirografarios cobran del precio.
Destino de los fondos
Cada dólar de la emisión tiene destino cerrado y auditable.
- Acreditación del 50% del capital exigido en el pliego US$ 500.000 · 50%
- Re-funcionamiento de la planta y gastos de la emisión US$ 300.000 · 30%
- Reserva de Reinversión — fondo intangible de capex US$ 200.000 · 20%
| Destino de los fondos de la emisión | USD | % |
|---|---|---|
| Acreditación del 50% del capital exigido en el pliego | 500.000 | 50 |
| Re-funcionamiento de la planta y gastos de la emisión | 300.000 | 30 |
| Reserva de Reinversión — fondo intangible de capex | 200.000 | 20 |
| TOTAL — 2.000 tokens de USD 500 | 1.000.000 | 100 |
La Reserva de Reinversión
Un fondo separado e intangible desde la colocación, con destino exclusivo de capex.
- Intangibilidad Fondo separado en la cuenta fiduciaria: no puede aplicarse a gastos corrientes ni a distribuciones.
- Destino exclusivo: capex Reposición, reparación y mejora de bienes de uso y habilitaciones. Incluye sustituir los equipos de CONAPROLE hoy en uso precario.
- Doble control Cada aplicación exige resolución fundada del fiduciario con la conformidad del comité de vigilancia.
- Reposición automática La cascada recompone la reserva hasta el tope de USD 200.000 cada vez que se usa; el remanente final se distribuye a los tenedores.
Cascada de pagos
Todo ingreso del fideicomiso se aplica en este orden, sin discrecionalidad: el contrato inteligente separa las porciones a medida que entra cada cobro. Es la respuesta a "¿en qué lugar de la fila estoy?".
- Tributos, gastos del fideicomiso y remuneración del fiduciario IRAE e IVA de la actividad industrial, costos registrales y honorarios del fiduciario financiero.
- Reserva operativa Capital de trabajo mínimo y pago adelantado a los productores de la cuenca: es la condición de que vuelva a entrar leche.
- Reposición de la Reserva de Reinversión (hasta USD 200.000) El fondo intangible de capex se recompone desde la cascada cada vez que se usa, hasta su tope.
- Distribuciones a los tenedores de los 2.000 tokens, a prorrata Serie única: todos los tokens tienen idénticos derechos sobre las ventas de leche, quesos y subproductos bajo la marca.
- Rescate anticipado y remanente final Fondo de rescate anticipado de tokens y, a la extinción, remanente a los tenedores.
El pasivo del concurso
Nómina del expediente (fs. 125-126), verificada aritméticamente. Con la liquidación dispuesta, los acreedores cobran del precio de la licitación según sus prelaciones (arts. 108-111 y 181).
| Pasivo concursal denunciado — por categoría | $ uruguayos | % | USD (TC 40,165) |
|---|---|---|---|
| BROU — 3 vales (hipoteca padrón 18.389) | 26.185.893,71 | 29,71 | 651.958 |
| Productores socios (13 remitentes) | 22.429.743,15 | 25,44 | 558.440 |
| FRIL (prenda s/ máquina envasadora) | 19.379.847,99 | 21,98 | 482.505 |
| Laborales (29 trabajadores) | 11.380.211,00 | 12,91 | 283.337 |
| Fiscales — DGI, MGAP, FFDSAL (hipoteca padrón 4.891) | 6.192.551,00 | 7,02 | 154.178 |
| Proveedores en moneda nacional | 1.708.518,03 | 1,94 | 42.538 |
| BPS y BSE (mayo/2026) | 621.725,00 | 0,71 | 15.480 |
| Proveedores en moneda extranjera | 251.762,25 | 0,29 | 6.268 |
| TOTAL — pasivo denunciado | 88.150.252,13 | 100 | 2.194.703 |
| Los cinco mayores acreedores | $ uruguayos |
|---|---|
| 1 · BROU — garantía real (hipoteca padrón 18.389) | 26.185.893,71 |
| 2 · FRIL — garantía real (prenda s/ envasadora) | 19.379.847,99 |
| 3 · DGI consolidada — fiscal / mixta | 6.091.774,00 |
| 4 · Facultad de Agronomía — productor | 5.778.725,51 |
| 5 · CODASTOR SA — productor | 4.061.169,77 |
Cómo se coloca la emisión
- Autorización de la SSF Apertura del período de suscripción fijado en el prospecto.
- Meses 1 a 12 Período ordinario de colocación de los 2.000 tokens.
- Prórroga única 12 meses adicionales, por decisión del fiduciario comunicada a la SSF y a los suscriptores.
- Cierre Emisión ejecutada, o resuelta con devolución.
- Monto mínimo de colocación Igual al 50% del capital exigido en el pliego (USD 500.000) más gastos. Recién alcanzado el mínimo se aplican los fondos.
- Fondos blindados durante la colocación Las integraciones quedan en la cuenta fiduciaria, en colocaciones transitorias de bajo riesgo, sin aplicación a destino alguno.
- Devolución total si no se concreta Si vence el plazo con su prórroga sin alcanzar el mínimo, o la licitación no se adjudica: 100% de la integración más los rendimientos netos a cada suscriptor.
Los dos tiempos del calendario
El pliego no espera a la oferta pública: el tramo ancla habilita ofertar ya.
- Tiempo 1 · Tramo ancla — semanas, sobre el calendario concursal Compromisos de suscripción en firme y/o financiamiento puente garantizado con los propios tokens, por USD 500.000 (1.000 tokens). Dota al fideicomiso de capacidad de acreditar el 50% del capital exigido y de ofertar de inmediato en la licitación.
- Tiempo 2 · Oferta pública — 12 meses + prórroga de 12 Refinancia el puente y completa los USD 500.000 de inversión: re-funcionamiento (USD 300.000) y reserva (USD 200.000). Incorpora al minorista, a la comunidad de Cerro Largo y a los acreedores que reinviertan. Si la licitación se adjudica antes de completar la colocación, los tokens restantes se ofrecen con la planta ya adquirida y en marcha.
La reactivación productiva
Qué hay del otro lado cuando la planta vuelve a andar.
- 13 productores: la cuenca conoce la planta Los tamberos acreedores ($ 22,43 M) concurren al precio por prelaciones. Con el pago adelantado que garantiza la reserva operativa, son los primeros candidatos a volver a remitir.
- 29 trabajadores recontratables Oficios específicos de la industria láctea. Sus créditos ($ 11,38 M) concurren al precio por prelaciones (arts. 108-111) y la recontratación es prioritaria en el plan.
- La marca sigue viva COLEME continúa en góndola de la mano de URULACT: los canales comerciales no se cortaron y pasan con la unidad productiva.
- Operación con dos variantes Operación directa con gerenciamiento contratado, o contrato transitorio con URULACT —ya como contraparte del fideicomiso— por plazo cierto y canon revisado. En ambas, la continuidad productiva es la condición del BROU y de la oferta.
Ruta regulatoria
Oferta pública plena ante el BCU.
- Registro ante la SSF Inscripción del fiduciario financiero, del fideicomiso y de los valores en el Registro de Valores del BCU.
- Prospecto informativo Términos y condiciones, destino de los fondos, monto mínimo y régimen de devolución.
- Calificación de riesgo Calificadora habilitada e información periódica conforme a la Recopilación de Normas del Mercado de Valores.
- Registro distribuido — Ley 20.345 Valores escriturales representados en tecnología de registro distribuido; ERC-3643 con lista de habilitados.
- PSAV registrados Negociación secundaria y custodia por proveedores de servicios de activos virtuales (Ley 20.446 · Circular BCU 2.507).
- Integridad financiera Debida diligencia de la Ley 19.574 embebida en el token, y consulta previa a la SSF sobre la articulación ancla-acreditación-precio.
Marco normativo
- Ley 18.387, arts. 45, 56, 169, 171-172, 174, 108-111 y 181 — liquidación y licitación de la empresa en bloque
- Decreto 182/009, arts. 2 y 3 — mantenimiento de la actividad y contenido del pliego
- Ley 17.703, arts. 25 a 27 — fideicomiso financiero y certificados de participación
- Ley 18.627 (red. Ley 20.345) — valores escriturales en registro distribuido; PSAV bajo la SSF
- Ley 20.446 y Circular BCU 2.507 — perímetro de activos virtuales y PSAV
- Ley 19.574 — debida diligencia y prevención de lavado